Cuatro cosas que no sabía acerca de las leyes de pago en D.C.
Usted puede saber que el Distrito de Columbia tiene algunas de las leyes más generosas para los trabajadores en el país. Pero incluso, muchos abogados no están informados de estos cuatro hechos sorprendentes acerca de la Ley de Pagos de Sueldos en D.C.
#1 – El Sueldo Mínimo Diario (4 Horas)
Digamos que usted es un camarero en un restaurante, se presenta a su turno a las 10 a.m., y su jefe le dice “esta muy lento esta mañana…vayase a la casa… no lo necesitamos hoy.” Bueno, de acuerdo a la Ley De Sueldo Mínimo de D.C., su jefe probablemente tiene que pagarle por 4 horas de trabajo a la tarifa del sueldo mínimo actual, o $46.00 (de acuerdo con la fecha cuando estuvo escrito este artículo).
Asi es: $46.00 solo por presentarse al trabajo.
7 DCMR § 907.1: El empleador deberá pagarle al empleado por lo menos cuatro (4) horas por cada día que el empleado se reporte a trabajar bajo instrucciones generales o específicas pero no es dado trabajo, o es dado menos de cuatro horas de trabajo, excepto si el empleado está regularmente programado para menos de cuatro horas al día, dicho empleado será pagado por las horas regularmente programadas. El sueldo mínimo diario será calculado en la siguiente manera: pago a la tarifa regular del trabajador por las horas trabajadas, más el pago del sueldo mínimo por las horas no trabajadas, según como se describe arriba.
#2 – Una Hora Extra de Pago por un “Turno Dividido”
Digamos que usted es una secretaria en un bufete de abogados, y a su jefe le gusta tomarse un almuerzo largo que dura 2 horas. Así que el abogado le dice a usted: “Su horario es de las 9 a.m. hasta el mediodía, y de 2 p.m. hasta las 6 p.m. No necesito o quiero que trabajes entre el mediodía y las 2 p.m. Vete a tomar un martini!”
Bueno, de acuerdo con la Ley de Sueldo Mínimo de D.C., su jefe probablemente tiene que pagarle una hora extra todos los dia. Si usted trabaja 5 dias a la semana, su jefe podría deberle $57.50 en sueldo por cada semana que usted trabajó un horario con el “turno dividido”!
7 DCMR § 906.1: Además de los sueldos requeridos por este Capítulo, el empleador debe pagarle al empleado por una hora adicional a la tasa del sueldo mínimo por cada día durante cual el empleado trabajó un turno dividido. Esta disposición no es aplicable a un empleado que vive en las instalaciones del empleador.
#3 – Sea Pagado Por Lavar Ropa!
Todos odiamos lavar la ropa. Pero por lo menos algunos de los trabajadores en D.C. pueden ser pagados por ello. Según la Ley de Sueldo Mínimo en D.C. si su jefe le hace usar un uniforme, y usted está obligado a lavar y mantener su uniforme, usted tiene derecho a 10 centavos más que el sueldo mínimo por cada hora trabajada. En el curso de un año, esto se puede sumar hasta cientos de dólares.
7 DCMR § 908.2: Cuando el empleador le compra, pero un empleado mantiene y limpia uniformes sencillos y lavables, el pago será de 10 centavos ($0.10) por hora, además de los sueldos requeridos por este Capítulo.
#4 – CASI TODOS LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO DE D.C. ESTÁN PROTEGIDOS POR LA LEY DEL PAGO DE SUELDOS DE D.C. – INCLUSO SI SON ALTAMENTE COMPENSADOS O ASALARIADOS.
Muchos empleados profesionales no saben que están protegidos por las leyes de pago de sueldo de D.C. Ellos asumen que como son asalariados – o porque ganan mucho dinero – hay poco que pueden hacer para recuperar sueldos no pagados o otra compensación. (aparte de presentar una demanda de “incumplimiento de contrato” por la compensación debida).
Eso simplemente no es cierto. La Ley de Pago y Recaudación de Sueldos de D.C. no distingue entre empleados de la misma manera como otras leyes lo hacen. De los trabajadores que lavan platos a los directores de empresa, la Ley de Pago y Recaudación de Sueldos de D.C. requiere el pago puntual de toda la compensación a la gran mayoría de los trabajadores del sector privado. Y un empleador que no paga a tiempo a un trabajador de D.C. puede ser responsable por hasta 4 veces la cantidad no pagada.